Comunicado de Clajud sobre lo sucedido en España con el Tribunal Constitucional

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Desde el inicio de esta legislatura en 2020 y la conformación del gobierno de coalición de izquierdas en España, la derecha política y judicial intentan perpetuarse en el control del sistema judicial, bloqueando la renovación del Consejo General del Poder Judicial -órgano de gobierno de los jueces- así como dificultando al máximo la renovación del Tribunal Constitucional, jurisdicción especial encargada de interpretar la adecuación de las leyes aprobadas por el Parlamento a la Constitución. El resultado del bloqueo, además de implicar un incumplimiento de la Constitución, ha supuesto el control casi absoluto de las máximas magistraturas judiciales del país por la derecha judicial, perpetuada en el control del poder judicial. La mayoría conservadora en el Tribunal Constitucional resultante de este incumplimiento de las normas constitucionales de renovación supone el riesgo de derogar o modificar la abundante producción legislativa de este gobierno de coalición, leyes que han significado no solamente el aumento de los derechos y libertades de los ciudadanos sino también levantar un escudo social desde el inicio de la pandemia y después durante la crisis energética motivada por la invasión de Ucrania, un escudo social que ha permitido qu España tenga la inflación mas baja de Europa ahora mismo y evitar los padecimientos de la población que se vivieron en la anterior crisis hipotecaria del año 2012.

  1. Los miembros de CLAJUD muestran su más absoluto rechazo a la situación de grave afectación a la separación de poderes que se vive en España tras la decisión del Tribunal Constitucional de acordar la suspensión cautelar de la tramitación parlamentaria de un Proyecto de Ley por el que se reformaba el sistema de elección del propio Tribunal Constitucional, permitiendo así el desbloqueo de esta fundamental institución de la democracia española.
  2. Como antecedente es necesario recordar que el Tribunal Constitucional cuenta actualmente con una mayoría conservadora de 6 jueces, contra 5 progresistas, reflejo de la anterior mayoría parlamentaria que tuvo la derecha española. Sin embargo, la actual composición parlamentaria española, con una mayoría del bloque de izquierdas, no puede proceder al mandato constitucional de renovación de sus miembros por el bloqueo liderado por el Partido Popular.
  3. El Congreso de los Diputados se encontraba tramitando un Proyecto de Ley por el que se reformaría el formato de elección de los miembros del Tribunal Constitucional, para así desbloquear la necesaria renovación. Sin embargo, el Tribunal Constitucional, en un fallo sin precedentes en la democracia española, ha suspendido la tramitación parlamentaria. La resolución ha sido aprobada con los votos de los 6 jueces conservadores, 2 de ellos con el mandato caducado y por lo tanto afectados por esta reforma, aun cuando deberían haberse abstenido por tener un “interés directo”, tal y como reza el art. 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Es más, los 2 magistrados conservadores afectados fueron recusados y ellos mismos, en una decisión inexplicable, participaron en la decisión sobre su propia recusación, esgrimiendo para ello que los grupos parlamentarios Socialista, de Podemos y un diputado personalmente no tenían legitimidad para recusar.
  4. Por lo tanto, la decisión de suspender la tramitación parlamentaria tras el recurso presentado por el Partido Popular, responde a una estrategia para garantizar así la mayoría conservadora que se mantiene en este órgano. Es una decisión sin precedentes, ya que es la primera vez en la historia de la democracia española que se paraliza una tramitación legislativa en sede parlamentaria por el Tribunal Constitucional, llamativamente frente a una potencial norma que precisamente implicaría renovar el mandato caducado de sus miembros, lo que conllevaría una nueva mayoría que previsiblemente dejaría de ser conservadora.
  5. Por lo tanto, esta medida cautelar tristemente histórica implicaría que un conjunto de magistrados conservadores del Tribunal Constitucional, quienes pretenderían garantizar la mayoría conservadora y algunos ellos mantener su mandato caducado, se han erigido sobre la soberanía popular que reside en el Congreso de los Diputados.
  6. Este hecho no puede ser más que tildado de golpe contra la democracia española, ya que los magistrados del Tribunal Constitucional no pueden parar reformas legislativas en la sede de la soberanía popular que tienen por finalidad desbloquear su mandato caducado.
  7. La decisión del Tribunal Constitucional implica una grave crisis institucional en el país, al romperse el equilibrio de poderes por un claro golpe contra la soberanía parlamentaria española, con la finalidad de cementar la mayoría conservadora existente en el Tribunal Constitucional, impidiendo con esta decisión que el poder legislativo español pueda proceder a la imperativa constitucionalmente reforma de este órgano.
  8. El sistema de pesos y contrapesos de la democracia española reside en que el Tribunal Constitucional, como órgano de garantías, puede anular normas aprobadas en el legislativo, y a la vez, el legislativo, elige a sus miembros cada 9 años por tres quintos en el Congreso y Senado. En este caso, se ha roto el sistema de pesos y contrapesos al dar un golpe institucional el Tribunal Constitucional e impedir que el poder legislativo pueda tramitar su sistema de elección y desbloquear la actual situación de bloqueo en su renovación.
  9. Por todo lo anterior, desde CLAJUD solicitamos que la comunidad internacional y sus instituciones democráticas que condenen el atropello a la soberanía popular cometido por la derecha política y judicial española con el fin de perpetuar su control de los órganos jurisdiccionales. Asimismo, le pedimos que exija el cumplimiento de las normas constitucionales que obligan a la renovación del Consejo del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, con el fin de que cese la agresión a la inviolabilidad parlamentaria (art 66.3 d la Constitución) que ha supuesto la resolución del Tribunal Constitucional que, sin competencia para ello y con su mandato caducado, ha prohibido al Congreso de los Diputados y al Senado que continúe la tramitación de las leyes que pretenden acabar con este bloqueo inconstitucional.
  • Adoración Guamán Hernández, jurista – ECUADOR/ESPAÑA
  • Aloizio Mercadante, economista – BRASIL
  • Baltazar Garzón, jurista – ESPAÑA
  • Carol Proner, jurista – BRASIL
  • Damian Loreti, abogado – ARGENTINA
  • Eli Gomez Alcorta, abogada – ARGENTINA
  • Emilio Camacho, jurista – PARAGUAY
  • Enrique Santiago, político y abogado – ESPAÑA
  • Ernesto Samper, abogado, político y economista– COLÔMBIA
  • Gisele Cittadino, jurista – BRASIL
  • Gisele Ricobom, abogada – BRASIL
  • José Eduardo Cardozo, abogado – BRASIL
  • Juan Martín Mena, abogado – ARGENTINA
  • Juárez Tavares, abogado – BRASIL
  • Marco Enríquez-Ominami, cineasta y político – CHILE
  • Pedro Serrano, abogado – BRASIL.
  • Roberto Manuel Carlés, abogado – ARGENTINA
  • Gerardo Pisarello, político y jurista – ESPAÑA
  • Alfredo Beltrán Sierra, abogado – COLOMBIA
  • Charlotth Back, jurista – BRASIL
  • Guillaume Long, historiador y politólogo – ECUADOR
  • Harold Correa, abogado y consultor– CHILE
  • Jaime Quiroga Carvajal, abogado – BOLÍVIA
  • Larissa Ramina, abogada – BRASIL
  • María José Fariñas Dulce, jurista y profesora– ESPAÑA
  • Claudio Nash, abogado y consultor– CHILE
  • Silvina Romano, historiadora y comunicadora social – ARGENTINA
  • Esther Burgos, abogada – MÉXICO
  • Lina Mejía Torres, abogada- COLOMBIA
  • Virgilio Hernández- ECUADOR
  • Guillermo Puyana – COLOMBIA
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